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Amparo García Corona

Abogado en Torrelavega

Bienvenido a mi espacio profesional. Soy Amparo García Corona, abogada independiente en Torrelavega, comprometida con ofrecerte un trato cercano, claro y personalizado. Con cada caso, busco soluciones reales que te aporten tranquilidad y confianza. Aquí, tu problema legal encuentra escucha, atención y compromiso.

Mi objetivo es que te sientas acompañado en todo momento, con la seguridad de contar con una profesional accesible y honesta. Trabajo con transparencia, explicándote cada paso del proceso para que tomes decisiones informadas. Ya sea en materia civil, familiar o cualquier otra área legal, estaré a tu lado para defender tus derechos con rigor y sensibilidad. 

Mi forma de trabajar contigo

Transparencia, cercanía y compromiso en cada etapa del proceso legal

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Hablamos sobre tu situación de forma confidencial. Es el primer paso para entender tu caso

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Estudio del caso

Reviso todos los documentos y datos necesarios para darte una valoración realista y honesta.

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Te explico tus opciones legales y los pasos recomendados, con un lenguaje claro y sin tecnicismos.

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Representación legal

Defiendo tus intereses y te acompaño en todo el proceso, estés donde estés.

¿Tines dudas sobre tu situación legal?

Hablemos sin compromiso.
Estoy aquí para ayudarte

Preguntas frecuentes

Antes de contactar, tal vez tu duda ya está resuelta aquí.

Es un régimen en el que ambos progenitores comparten el cuidado y la convivencia habitual de los hijos tras una separación o divorcio.

Sí, siempre que haya un cambio sustancial en las circunstancias. Debe solicitarse judicialmente.

Custodia exclusiva (a uno de los padres) y custodia compartida.

 Se calcula en función de los ingresos de los progenitores y las necesidades del menor.

 La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes sobre los hijos; la custodia es el cuidado diario.

No. El régimen de visitas debe cumplirse, salvo resolución judicial en contra.

Puedes iniciar un procedimiento de ejecución judicial para reclamar las cantidades debidas.

Sí, salvo que sea un divorcio de mutuo acuerdo, en cuyo caso puede tramitarse también notarialmente si no hay hijos menores.

Derecho de visitas, comunicación, información sobre la vida del menor, entre otros.

No, se requiere el acuerdo de ambos si ambos tienen la patria potestad.

Es la parte de la herencia que por ley corresponde a los herederos forzosos (como hijos o padres).

Solo en ciertos casos concretos establecidos por la ley.

Se aplica la sucesión intestada, según el orden legal de herederos.

Según el testamento o, si no lo hay, a partes iguales como herederos legítimos.

Permite aceptar una herencia sin responder con tus bienes personales de las deudas del fallecido.

Sí, mediante un acto formal ante notario.

Impuesto de Sucesiones, que varía según la comunidad autónoma y el grado de parentesco.

No hay plazo legal estricto, pero es recomendable actuar antes de que prescriba el impuesto.

Se puede iniciar una acción de división judicial de la herencia.

No siempre, pero es muy recomendable para evitar problemas entre herederos.

Solo si se dan causas legales como error, dolo o violencia.

Compraventas, arrendamientos, préstamos, servicios, entre otros.

Se puede reclamar judicialmente el cumplimiento o indemnización por daños.

Sí, aunque es más difícil de probar en juicio.

Mediante una escritura pública. No todos los contratos requieren notaría.

Tiene plena validez, salvo que se demuestre vicio en el consentimiento.

Por mutuo acuerdo o por causas legales como impago o uso indebido.

Es una disposición contractual que causa un desequilibrio injusto y puede ser nula.

Generalmente a los 5 años, salvo excepciones.

Sí, si ambas partes lo acuerdan por escrito.

Debes contactar de inmediato con un abogado penalista para preparar tu defensa.

 Las faltas han sido suprimidas; ahora se habla de delitos leves, menos graves y graves.

No. En casos penales, la asistencia letrada es obligatoria.

Tienes derecho a guardar silencio, a un abogado y a ser informado de tus derechos.

Depende del tipo de delito; pueden ser desde 1 hasta 20 años o más.

Es la obligación de reparar los daños causados por el delito (económicamente).

La preventiva es temporal antes del juicio; la condena es una pena firme.

Se inicia un procedimiento penal que puede acabar en juicio.

En algunos casos sí, pero en otros el proceso continúa aunque el denunciante se retracte.

En algunos delitos leves, sí. Se puede llegar a conformidad.

Es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas en determinadas condiciones.

Personas físicas con buena fe que no puedan hacer frente a sus deudas.

No todas, pero sí la mayoría, incluyendo préstamos, tarjetas, etc. (salvo algunas excepciones como pensiones o sanciones públicas).

Sí, es imprescindible contar con asesoramiento profesional.

Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho: permite cancelar las deudas pendientes.

Depende del caso, pero suele durar entre 6 y 12 meses.

No necesariamente. En algunos casos se puede conservar si se cumplen ciertos requisitos.

Se evaluará tu situación económica para determinar cómo proceder.

Sí, pero es importante mantener una gestión responsable.

  1. No, una vez concedido el BEPI, puedes solicitar la eliminación de tus datos.

Testimonios y opiniones

Opiniones de los clientes

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